ON Clase VI de Inversora Juramento S.A. por US$ 30.000.000

Asesores legales de la transacción en la emisión de las obligaciones negociables clase VI de Inversora Juramento S.A., a una tasa de interés del 9,00%, con vencimiento el 3 de octubre de 2027, por un monto total de US$ 30.000.000, denominadas y serán integradas y pagaderas en Dólares Estadounidenses (dólar MEP) (las “Obligaciones Negociables”) en el marco de su programa de emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por hasta V/N U$S 100.000.000 (Dólares Estadounidenses cien millones) (o su equivalente en otras monedas).

Macro Securities S.A.U. actuó como organizador, agente de liquidación y colocador, y Banco Patagonia S.A., Banco Supervielle S.A., Banco de la Provincia de Buenos Aires, Invertironline S.A.U., Banco CMF S.A., Invertir en Bolsa S.A., Balanz Capital Valores S.A.U. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. actuaron como colocadores.


Asesoramiento en la Adquisición de Celulosa Argentina S.A.

Asesoramos a Esteban Antonio Nofal en la adquisición de Celulosa Argentina S.A (“Celulosa”), una de las principales empresas productoras de papel de impresión y escritura, papel tissue y pulpa de eucaliptus de la República Argentina, cuyas acciones se encuentran listadas en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires desde el año 1937.

La transacción consistió en la adquisición: (a) del 100% del capital social y votos de Tapebicua LLC, controlante indirecto del 41% del capital social y de los votos de Celulosa; y (b) de la totalidad de las acciones directas en Celulosa de las que eran titulares los accionistas vendedores, Douglas Albrecht, Juan Collado y Juan Manuel Urtubey, representativas del 4,48% del capital social y de los votos de Celulosa.

El cierre de la transacción tuvo lugar el pasado 19 de septiembre de 2025, fecha en la que se perfeccionó el ingreso de Esteban Antonio Nofal como controlante indirecto de Celulosa. La adquisición se realizó a pocos días de que Celulosa hubiera solicitado su concurso preventivo ante los tribunales de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, en un contexto en el que se busca renegociar una deuda de aproximadamente US$ 128 millones.

Nuestro Estudio actuó como asesor legal del comprador a través del equipo liderado por nuestros socios Julián Razumny, Federico Salim, Marcelo Tavarone y Francisco Molina Portela, junto con los asociados Esteban Buján, Martín Scapini, Agostina Jordan, Paula Cerizola, Consuelo Ortiz y Juan Cruz Carenzo.


Lanzamiento del Programa de Gestión Avanzada de Demanda

Power transmission
El 26 de septiembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 379/2025 de la Secretaría de Energía de la Nación (la “Resolución 379”), que crea el Programa de Gestión de Demanda de Energía (el “Programa”). La medida se enmarca en la estrategia de incentivar la eficiencia energética y reforzar las reservas del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), complementando el “Plan de Contingencia y Previsión para meses críticos del período 2024/2026” dispuesto por la Resolución 294/2024 de la Secretaría de Energía (ver nuestros comentarios aquí).

El Programa es voluntario, programado y remunerado, y está dirigido a Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista (“MEM”) -GUMA, GUME y GUDI-, con potencias contratadas mayores a 300 kW (los “UA”, por Usuarios Adherentes).

1. Principales características operativas

  • Compromiso anual: hasta 14 días por año y un máximo de 5 horas por día, durante los meses críticos (diciembre–marzo y junio–agosto).
    • El OED podrá convocar hasta 10 días por año.
    • Las distribuidoras podrán convocar hasta 4 días adicionales.
    • Los UA podrán ofrecer más días, pero esos adicionales no computan para incentivos ni penalidades.
  • Procedimiento competitivo: En cada Programación Estacional, los UA deberán declarar la potencia comprometida y el precio ofertado como un porcentaje de los precios de referencia.
    • El OED priorizará ofertas de menor precio y mayor potencia, hasta cubrir la reserva requerida.
    • En el caso de la potencia firme se utilizará la potencia considerando su disponibilidad media.
    • En el caso de la potencia renovable se utilizará aquella asociada a un 90% de firmeza en los períodos de mayor demanda.

2. Esquema de remuneración y penalidades

  • Cargo fijo (compromiso): hasta USD 1.000 / MW-mes durante los períodos críticos (diciembre a marzo y junio a agosto).
  • Incentivo: por cada día convocado y cumplido, se adiciona un cargo fijo equivalente a 2 veces el cargo fijo comprometido.
  • Penalización: por cada día convocado e incumplido, se aplica una multa de 3 veces el cargo fijo comprometido. Si la reducción es parcial, los cargos se aplican proporcionalmente.
  • Cargo variable (energía efectivamente reducida): remunerada al precio ofertado por el UA, con tope en el Precio de Referencia de Energía: USD 350 / MWh.
  • Cargo de gestión técnica: los GUDI y GUME que adhieran al Programa deberán abonar USD 30 / MW-mes a las distribuidoras por su participación.

3. Otros aspectos relevantes

  • Los costos del Programa se imputan a los costos de reserva del MEM, salvo las reducciones pedidas directamente por una Distribuidora, en cuyo caso esa Distribuidora asume los costos variables.
  • El incumplimiento reiterado (más de 3 veces consecutivas) puede excluir al UA del Programa por el resto de la programación trimestral, perdiendo el derecho a cobrar el cargo fijo.
  • El tipo de cambio aplicable es el mismo que CAMMESA utiliza para el cálculo de costos variables de producción.
  • Las Distribuidoras deberán adecuar la medición de los usuarios adherentes y reportar periódicamente al OED la información de consumo, ofertas y cumplimiento.

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Para más información, por favor contactarse con energía@tavarone.com.


Préstamo otorgado por la Corporación Financiera Internacional (IFC) a la Provincia de Córdoba por U$S250.000.000 garantizado con recursos de coparticipación

Asesores legales de la Provincia de Córdoba en el otorgamiento de un préstamo por la Corporación Financiera Internacional (IFC) a la provincia por un monto de U$S250.000.000. El préstamo está garantizado por un fideicomiso en garantía que recibirá fondos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, en virtud del cual la Provincia actuará como fiduciante, Banco Comafi S.A. como fiduciario y IFC como beneficiario.


El Grupo J&F ingresa en el sector de petróleo y gas en Argentina con la adquisición de ciertos activos a Pluspetrol

Asesoramos a Flxs OGE S.A. (“Fluxus”), miembro del Grupo J&F, en la adquisición de dos concesiones de petróleo y gas en la provincia de Neuquén de Pluspetrol S.A. El cierre de la operación tuvo lugar el 29 de agosto de 2025, una vez obtenida la aprobación de la provincia de Neuquén para la transferencia de las concesiones “CNQ-12 Centenario – Bloques I y II” y el bloque no convencional “CNQ-12 Centenario – Bloque Centro”.

Esta Transacción marca el inicio formal de las actividades de Fluxus en el sector de petróleo y gas argentino, fortaleciendo su actividad tras sus recientes adquisiciones en Bolivia. El Grupo J&F es el mayor conglomerado empresarial de Brasil, matriz de gigantes como JBS y Eldorado Brasil, con operaciones en más de 22 países y más de 290.000 empleados en todo el mundo.

Participó de la transacción el equipo liderado por el socio Juan Pablo Bove y por las asociadas Paula Cerizola, Milagros Piñeiro, Manuela Cané, Rocío Valdez y Sofía Elhorriburu.


Asesoramiento a Inversora Juramento en la adquisición del 100% del capital social de Pallaro Hermanos S.A.C.I.F.

Inversora Juramento S.A. (“Inversora Juramento”) acordó la adquisición del 100% del capital social de Pallaro Hermanos S.A.C.I.F. de parte de sus accionistas actuales por un monto de US$56,4 millones (la “Transacción”).

La Transacción se enmarca en la estrategia de crecimiento de Inversora Juramento, orientada a consolidar su posición como la compañía agrícola-ganadera más importante del noroeste argentino.

El cierre de la Transacción se produjo el 4 de septiembre de 2025 y, en la misma fecha, fue informada a la Comisión Nacional de Valores y a los mercados relevantes donde se negocian las acciones de Inversora Juramento

Nuestro Estudio asesoró a Inversora Juramento a través del equipo conformado por el socio Federico Salim y nuestros asociados María Emilia Díaz, Cristian Bruno y Trinidad Morello.


Obligatoriedad de implementar el “Botón de Baja” y el “Botón de Arrepentimiento” en canales digitales comerciales


El 3 de septiembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Disposición 954/2025, emitida por el Subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, Fernando Martin Blanco Muiño, que obliga a los proveedores que comercialicen productos en sitios de internet y/o canales digitales a:

  • Tener a simple vista, en lugar destacado y en el primer acceso, un link denominado “BOTÓN DE ARREPENTIMIENTO”, mediante el cual el consumidor pueda solicitar la revocación de la aceptación del producto adquirido o del servicio contratado. Prohibiendo requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite adicional para hacer uso del mismo.
  • Tener a simple vista, en lugar destacado y en el primer acceso, un link denominado “BOTÓN DE BAJA DE SERVICIOS”, mediante el cual el consumidor pueda solicitar la baja del servicio contratado. Prohibiendo requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite adicional para hacer uso del mismo.

Plazo para implementar la medida

La Disposición 954/2025 estableció un plazo de SESENTA (60) días corridos, contados a partir de su entrada en vigencia, para que los proveedores adecúen sus sitios de Internet y/o canales digitales de comercialización.

Sanciones

La Disposición 954/2025, establece que el incumplimiento de lo establecido será sancionado conforme las previsiones de la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias.

Otras consideraciones

La Disposición 954/2025, además estableció que las empresas proveedoras de bienes y servicios que brinden atención telefónica o por cualquier medio informático a los usuarios, deberán establecer un horario de atención de consultas y/o reclamos que no puede ser inferior a los días y horarios en que operen comercialmente. Cuando la atención sea exclusivamente de forma telefónica y/o electrónica, el horario de atención no podrá ser inferior a OCHO (8) horas por día, en días hábiles, de lunes a viernes. Deberán informar en sus páginas web el número telefónico, canal alternativo de comunicación o sitio electrónico para la formulación de consultas y/o reclamos; debiéndose indicar en tal información el área responsable del servicio de atención al cliente.

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Para información adicional, por favor contactar a Gastón Miani o a Romina Sabec.


Emisión de Obligaciones Negociables Clase 19 de Banco CMF S.A. por US$ 21.795.000

Asesores legales de Banco CMF S.A. en la emisión de las obligaciones negociables clase 19, denominadas, integradas y pagaderas en Dólares Estadounidenses en el país, a una tasa de interés de 6,50% con vencimiento el 29 de agosto de 2026, por un monto total de US$ 21.795.000 (las “Obligaciones Negociables”), en el marco de su programa de emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por hasta un monto máximo en circulación de US$ 100.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor).


Asesores en la reestructuración de la deuda financiera de Petrolera Aconcagua Energía S.A.

Asesores legales de Petrolera Aconcagua Energía S.A. en la reestructuración de su deuda financiera por un monto aproximado de U$s220 millones, la cual se llevó a cabo mediante (i) la oferta de canje de 14 clases de obligaciones negociables en circulación por un valor nominal total aproximado de U$S180 millones, (ii) la oferta de canje de pagarés bursátiles por obligaciones negociables por un valor nominal total de U$S3 millones y (iii) la renegociación de préstamos bancarios con diversas entidades financieras por un monto aproximado de U$S10 millones.

Las 6 nuevas clases de obligaciones negociables emitidas en el marco de la reestructuración tendrán vencimientos en 2030 y 2032, y estarán denominadas en Pesos y en dólares estadounidenses, según corresponda. Tanto las nuevas obligaciones negociables como los préstamos financieros reestructurados estarán garantizados de manera proporcional por un contrato de fideicomiso en garantía, a través de la cesión de fondos bajo un contrato de compraventa de petróleo a celebrarse entre PAESA y Trafigura Argentina S.A.

En virtud de la exitosa reestructuración, Tango Energy S.A.U, sociedad co-controlada por integrada por Vista Energy S.A.B y AR Energy Resources S.A. (afiliada a Trafigura Argentina S.A) anunció su ingreso como accionista controlante de Petrolera Aconcagua Energía mediante la adquisición del 93% de su capital social a los actuales accionistas.

La operación se caracterizó por un cronograma sumamente ajustado y negociaciones complejas con una amplia variedad de contrapartes: tenedores de obligaciones negociables y pagarés bursátiles, entidades financieras (todas compartiendo la misma garantía), así como con los futuros accionistas y acreedores comerciales.

Valo Columbus S.A. actuó como asesor financiero para la totalidad de la transacción, mientras que Banco de Servicios y Transacciones S.A.U. actuó como colocador de la oferta de canje de pagarés por obligaciones negociables, agente administrativo de los préstamos financieros reestructurados y agente fiduciario bajo el contrato de fideicomiso en garantía.


Asesores legales en la emisión de Obligaciones Negociables Clase I y Clase II de Banco de la Provincia de Córdoba S.A.

Asesores legales de Banco de la Provincia de Córdoba y los Agentes Colocadores en la emisión de las obligaciones negociables simples clase I por un valor nominal total de $26.094.261.589, denominadas, integradas y pagaderas en pesos, a tasa TAMAR más un margen del 3,00% con vencimiento el 22 de agosto de 2026; y la emisión de las obligaciones negociables simples clase II por un valor nominal total de U$S 13.294.312, denominadas, integradas y pagaderas en Dólares Estadounidenses, con vencimiento el 22 de agosto de 2026  en el marco de su Programa Global para la Emisión de Obligaciones Negociables Simples (no convertibles en acciones) por hasta US$ 100.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor).

Banco de la Provincia de Córdoba S.A. actuó como Emisor, Organizador, Colocador Principal y Agente de Liquidación de las Obligaciones Negociables, mientras que Petrini Valores S.A., S&C Inversiones S.A., Becerra Bursátil S.A. y Dracma Investments S.A. actuaron como Agente Colocadores.


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