Novedades Aduaneras

A continuación, compartimos un breve resumen de las principales novedades normativas publicadas recientemente por la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA), que introducen modificaciones relevantes para los operadores de comercio exterior.
Registros Especiales Aduaneros
El 29/7/2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5881/2026 emitida por ARCA, con vigencia a partir de esa fecha que prórroga hasta el 30/9/2026 el plazo de la vigencia de la solvencia acreditada mediante garantías de actuación, por parte de los operadores de comercio exterior inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros”.
Régimen de Importación y exportación simplificada por parte de Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier
El 29/7/2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5883/2026 emitida por la ARCA, con vigencia a partir de hoy, 30/7/2026, que modifica la RG AFIP 5602/2024 que regula el Régimen Importación y exportación simplificada por parte de Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier con el siguiente alcance:
- Establece las exportaciones realizadas mediante este régimen no estarán sujetas a un límite de valor FOB (Free on Board);
- Eleva de USD 1.000 a USD 3.000 el valor FOB máximo por envío admitido en caso de importaciones bajo el régimen de pequeños envíos y bajo el régimen de muestras.
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Para información adicional, por favor contactar a Gastón Miani o a Andrea Callegari.
Reducción de derechos de exportación

El 1/7/2026 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 566/2026 (el “Decreto 566”) emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el cual se dispuso una reducción progresiva de derechos de exportación según el siguiente detalle:
- Fija en 0% los derechos de exportación para las posiciones arancelarias listadas en el Anexo I (productos industriales y derivados del petróleo de industrias químicas, petroquímicas, plásticos, minerales, metales no ferrosos, automotriz, fertilizantes, cauchos y sus manufacturas, siderúrgica, metalúrgica, chatarra y residuos eléctricos.
- Establece en su Anexo II un cronograma de 12 meses con una reducción mensual progresiva de derechos de exportación la mercadería clasificada en las posiciones arancelarias allí enumeradas (mercadería de los sectores químicos, plásticos, fertilizantes y automotriz, previamente gravada al 4,5% y al 3%), que culmina con el establecimiento de derechos de exportación del 0% a partir del 01/06/2027.
- Establece en su Anexo III un cronograma de 12 meses de reducción mensual de los derechos de exportación de la mercadería clasificada en las posiciones arancelarias de la NCM 2707.30.00, 2707.99.90, 2710.12.10, 2710.12.30, 2710.12.90 y 2710.19.19 (ciertos combustibles derivados del petróleo) para el caso de que el precio internacional del petróleo sea igual o superior al Valor de Referencia fijado en el Artículo 7 del Decreto 488/2020 que culmina con el establecimiento de derechos de exportación del 0% a partir del 01/06/2027.
El Decreto 566 entrará en vigencia a partir del 02/07/2026, salvo por la reducción de derechos de exportación de la mercadería del Anexo I, la cual entró en vigor el 01/07/2026.
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Para información adicional, por favor contactar a Gastón Miani o a Andrea Callegari.


