
El 30 de junio de 2026, el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (“ENReGE”) emitió la Resolución 199/2026 (“Resolución”), con vigencia a partir del 2 de julio de 2026 conforme publicación en el Boletín Oficial, mediante la cual instruye a determinadas empresas del sector energético a inscribirse en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (“RITE”), administrado por la Oficina Anticorrupción (“OA”).
La medida se enmarca en la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas nro. 27.401 (“LRPPJ”) y busca promover la adopción de Programas de Integridad en un sector con vinculación constante con el Estado.
A continuación, resumimos los aspectos claves de la norma:
1. ¿A quiénes alcanza?
La Resolución distingue dos grupos de sujetos:
(i) Sujetos alcanzados: licenciatarias de transporte y distribución de gas natural, subdistribuidoras de gas natural, y concesionarias de transporte y distribución de electricidad de jurisdicción federal.
(ii) Sujetos invitados: otros sujetos de la industria del gas definidos en la Ley N° 24.076 (Marco Regulatorio del Gas), y los agentes y actores reconocidos del mercado eléctrico conforme a la Ley N° 24.065 (Régimen de la Energía Eléctrica).
2. Plazo
Los sujetos alcanzados cuentan con un plazo de un (1) año desde la publicación de la Resolución (es decir, hasta el 2 de julio de 2027) para efectivizar el registro de su Programa de Integridad en el RITE o, alternativamente, acreditar ante el ENReGE la presentación de la “Declaración Jurada sobre la existencia de Programas de Integridad Adecuados” (Anexo III del Decreto 1169/2018), exigida para contrataciones con el Estado Nacional, debiendo informar al ENReGE cualquier modificación sustancial del Programa.
3. Excepción al registro
Quedan exceptuados de la obligación de registro aquellos sujetos que acrediten contar con Programas de Integridad certificados bajo las normas ISO 37001 o ISO 37301, sin perjuicio de su deber de poner esta circunstancia en conocimiento del ENReGE.
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Para más información sobre este tema, por favor contactar a Eugenia Pracchia, Martina Ritrovato, Victoria Arce y/o Charo Urrutia.


